Ampliación de la Bonificación en el Impuesto sobre Donaciones
El pasado jueves 27 de Enero fueron publicados en el BORM los presupuesto generales de la CCAA de la Región de Murcia para el ejercicio 2022, en dichos presupuestos se incluye, con efectos desde el 1 de enero de 2022, la ampliación de la bonificación del 99% en la cuota del Impuesto sobre Donaciones para los sujetos pasivos incluidos en el grupo de parentesco III.
Por tanto, desde el 1 de enero de 2022, la bonificación del 99% de la cuota del impuesto sobre donaciones, también es aplicable a las donaciones realizadas a hermanos, tíos, sobrinos y ascendientes y descendientes por afinidad (suegros, nueras, yernos, hijastros o padrastros), siempre y cuando estén formalizadas en escritura pública.
Se debe tener en cuenta que cuando se realiza una donación de bienes (especialmente bienes inmuebles), además del Impuesto sobre Donaciones, se genera una ganancia o perdida patrimonial en el donante que puede ser objeto de tributación en su declaración del IRPF.